SIC prohíbe venta de dióxido de cloro en Colombia en Facebook y otros sitios web
La SIC ordenó suspender las publicaciones de la sección “Marketplace” y aseguró que los portales que incumplan se exponen a multas de hasta $908 millones.
La SIC emitió órdenes de prohibición de venta de dióxido de cloro a dos negocios que funcionan a través de Internet: las páginas “Amigos de verdad”, “CDS Colombia” y otros.
Según la SIC, con base en la información suministrada por el Invima, el consumo de esta sustancia puede traer efectos adversos para la salud y en Colombia no existen productos que cuenten con registro sanitario para su comercialización como medicamento.
Por lo anterior, la SIC ordenó a los responsables de las páginas web “Amigos de verdad” y “CDS Colombia”, entre otras, lo siguiente:
- Retirar de manera inmediata todas las publicaciones del producto dióxido de cloro – CDS y otros similares o equivalentes, al cual le atribuye bondades de sanación y/o prevención del covid-19 y de ciertas enfermedades, mientras se adelanta la correspondiente actuación administrativa.
- Cesar de manera inmediata la comercialización del producto dióxido de cloro – CDS y otros similares o equivalentes.
- Remitir los datos del administrador y/o propietario del sitio web https://cdscolombia.com/.
- Informar el nombre o razón social, identificación y datos de contacto del laboratorio que fabrica el producto denominado “dióxido de cloro” que se ofrece. 5.
- Informar si el “dióxido de cloro” que ofrece cuenta con registro sanitario expedido por el Invima.
- Allegar los soportes documentales (técnicos y/o científicos), que sustentan las bondades atribuidas al producto denominado “dióxido de cloro”, especialmente las relacionadas con la prevención y/o curación del covid-19.
Si los responsables de los sitios web no atienden las órdenes de la SIC, se enfrentan a multas de hasta 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (unos $908 millones). En caso de encontrar alguna conducta que viole los derechos de los consumidores, como información engañosa o insuficiente, y que pueda poner en riesgo la salud de las personas, podrán imponerse multas de hasta 2.000 SMMLV, dijo la entidad.