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Reforma laboral: lo que se aprobó y lo que sigue en discusión en el Congreso

📢 ¿Cómo te afectará la nueva reforma laboral? Descubre los cambios en contratos, horarios nocturnos y teletrabajo que ya fueron aprobados.

La reforma laboral que actualmente debate la Cámara de Representantes ha avanzado con la aprobación de 42.5% del texto, aunque aún quedan por discutir puntos clave que podrían afectar la competitividad y empleabilidad, según empresarios.

Uno de los artículos aprobados afecta los contratos a término fijo, que ahora tendrán un límite de cuatro años, tras lo cual se considerará un contrato indefinido. Los contratos no podrán ser prorrogados indefinidamente y, después de la tercera prórroga, deberán renovarse por un mínimo de un año. De no expresarse la intención de alguna de las partes para finalizar el contrato 30 días antes de su vencimiento, este se renovará automáticamente, siempre respetando el límite de cuatro años.

En cuanto a los contratos por obra o labor, se mantendrá el objeto de este tipo de acuerdos, pero deberán ser establecidos por escrito, especificando claramente la actividad a realizar. Si la labor se extiende más allá del contrato, este se considerará indefinido a menos que se pacte un nuevo acuerdo. Ambos tipos de contratos garantizarán prestaciones sociales y vacaciones proporcionales al tiempo trabajado.

La reforma también aborda el tema de los horarios nocturnos. El artículo 13 estipula que el recargo nocturno comenzará a las 7:00 p.m. en lugar de las 9:00 p.m. como actualmente se aplica. Esto implicará un aumento en los costos para los empleadores, ya que deberán pagar un 35% más por cada hora trabajada en este horario. Esta modificación entrará en vigor seis meses después de la aprobación de la reforma.

Uno de los puntos más discutidos es la regulación de los repartidores de apps digitales. Las plataformas deberán garantizar derechos laborales a los domiciliarios, incluyendo la seguridad social. En el caso de una relación laboral dependiente, las plataformas deberán ofrecer las mismas condiciones de salud y pensión que los empleados regulares. Si la relación es independiente, la plataforma cubrirá el 60% de la cotización, mientras que el trabajador asumirá el 40% restante.

En cuanto al teletrabajo, el artículo 56 establece varias modalidades: autónomo, móvil, híbrido y transnacional. Cada modalidad tiene características específicas, como el teletrabajo autónomo, donde el empleado elige su lugar de trabajo, y el transnacional, que requiere que el trabajador regule su situación migratoria y que el empleador le proporcione un seguro que cubra las prestaciones.

Finalmente, la reforma también hace ajustes a las condiciones laborales de periodistas y otros profesionales de medios, estableciendo que sus jornadas incluirán todo el tiempo que dediquen a actividades bajo órdenes del empleador, como ensayos o grabaciones. Las jornadas no podrán exceder el tiempo máximo permitido y deberán remunerarse los recargos correspondientes. Si trabajan los domingos, tendrán derecho a un día compensatorio durante la semana.

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