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Próximo 28 de octubre es el primero de los 3 días sin IVA

Conozca que productos que tienen descuento y los que no en el día sin IVA

El jueves 28 de octubre, es el primero de los tres días sin IVA que tendrá el país en este 2021. Los otros dos son el 19 de noviembre y el 3 de diciembre.

La Ley 2155 de 2021, dicta algunas reglas que comerciantes y consumidores deben tener en cuenta durante los días sin IVA; entre ellas, se especifican los productos que contarán con el descuento.

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Así las cosas, los artículos que no especifica la Ley 2155 de 2021 y que, por lo tanto, no cuentan con los descuentos del día sin IVA son:

  1. Alimentos de la canasta familiar como cereales, hortalizas y legumbres enlatadas, aceites, gaseosas, derivados lácteos y carnes frías.
  2. Productos de limpieza.
  3. Artículos de belleza y cuidado personal.
  4. Muebles para el hogar como sala, comedor y los artículos de iluminación y decoración.
  5. Cobijas, cubrelechos, sábanas, colchones y almohadas.
  6. Jardines y productos para animales domésticos.
  7. Servicios de turismo y transporte aéreo.
  8. Elementos para vehículos como llantas y baterías.
  9. Bicicletas y triciclos para adultos.
  10. Artículos de fiesta y carnavales.
  11. Programas informáticos y softwares.

Además, la Ley 2155 de 2021, también dicta algunas reglas que comerciantes y consumidores deben tener en cuenta durante los días sin IVA; entre ellas, se especifican los productos que contarán con el descuento.

Lo primero que debe saber, es que solo son seis categorías de productos para las que aplica la medida: vestuarios y complementos; electrodomésticos, computadores y equipos de telecomunicaciones; implementos deportivos; juguetes y juegos; útiles escolares; y bienes e insumos para el sector agropecuario.

Aunque estas categorías no entran en los días sin Iva, algunos establecimientos comerciales y almacenes aprovechan la fecha para realizar otras promociones que no están relacionadas con la iniciativa del Gobierno Nacional. En cuanto a los productos que están exentos del IVA y que fueron mencionados anteriormente, tenga en cuenta que hay unos límites de precio.

Por ejemplo, los artículos de vestuario y sus complementos para los que aplica el descuento deben tener un precio por unidad igual o inferior a 726.160 pesos, mientras que los electrodomésticos deben valer 2’904.640 pesos o menos, de lo contrario no están exentos del tributo.

Los elementos deportivos, por su parte, cuentan con el descuento del IVA si su valor de venta por unidad es igual o inferior a 2’904.640 pesos, mientras que los juguetes no pueden costar más de 363.308 pesos.

Si usted se quiere adelantar a la temporada escolar del año que viene puede aprovechar los días sin IVA, pues el descuento aplica para los útiles escolares con un precio igual o inferior a 181.540 pesos.

Finalmente, los insumos para el sector agropecuario, cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 2’904.640 pesos, también contarán con la exención del IVA.

 

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