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Estas son las Medidas de los «12 días por la vida» en Barrancabermeja

La Alcaldía Distrital de Barrancabermeja mediante decreto 179 de 2020 se permitió informar a la ciudadanía del puerto petrolero las modificaciones al decreto 171 de 2020 por el cual se aplicaba el aislamiento preventivo obligatorio en la ciudad desde el día 01 de agosto hasta el 15 del mismo mes por motivo de la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19 en el territorio nacional.

En el primer parágrafo del decreto 179 de 2020 se contempla la modificación de la medida de pico y cédula para el lunes diez (10) y martes once (11) de agosto del presente año, por lo que solo se permitirá la salida de los ciudadanos identificados con número de cédula par el lunes y el martes impar.

  • Desde las 00:00 horas del día miércoles doce (12) de agosto, hasta las 5:00 am del día lunes veinticuatro (24) de agosto, el abastecimiento y distribución de alimentos y bienes de primeranecesidad-alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías que se realice en plazas de mercado, supermercados mayoristas, minoristas, tiendas, panaderías, podrán comercializar sus productos única y exclusivamente con despacho a domicilio y su horario de funcionamiento será de 6:00 a.m. hasta las 6:00 p.m. de lunes a sábado.

  • Es obligatorio el uso del tapabocas tanto en espacios abiertos como cerrados, así comopara la movilización y cualquier actividad a desarrollar.

  • Prohibición de venta y consumo de bebidas embriagantes. Prohibir en todo el territorio del Distrito de Barrancabermeja la venta y consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, a partir de las cero horas (00:00) del día diez (10) de agosto de 2020, hasta las cinco horas (05:00) del día veinticuatro(24) de agosto de 2020

  • Los niños y niñas mayores de seis (6) años y menores de diecisiete (17) años, podrán realizar actividad física y ejercicio al aire libre los días lunes, miércoles y viernes, en el horario comprendido de las 5:00 a.m. a las 7:00 a.m, por espacio de una hora,los menores deberán estar acompañado de un adulto responsable no mayor de 60 años, evitar salir si hay síntomas de gripa, enfermedad respiratoria o gastrointestinal. Es Obligatorio el uso del tapabocas, evitar el contacto físico, si seencuentra a terceros en la calle mantener una distancia de dos metros. Se podrá circular máximo una distancia de un kilómetro a la redonda desde el lugar de su residencia. Los parques están abiertos, pero quedan inhabilitados para la utilización de canchas y gimnasios biosaludables

  • Se prohíbe la circulación de niños, niñas y adolescentes en vehículos, motocicletas y cualquier medio de transporte.

  • Salones de belleza y barberías deberán prestar su servicio a domicilio, no tendrán atención presencial

  • La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteleslaboraran a puerta cerrada, y su servicio y entrega a domicilio será desde las 8:00 a.m. hasta las 11:00 p.m

  • El servicio de cajeros automáticos se prestará hasta las 3:00 pm de lunes a viernes,  Las casas de cambio, operaciones de juego y azar en la modalidad novedoso y territorial de apuestas permanentes, Chance y Lotería, no prestarán servicio presencial

  • El servicio de limpieza y aseo, incluido el doméstico y servicio de lavandería su horario será de lunes a sábado de 6:00 am hasta las 3:00 pm

  • Comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales, no podrán prestar servicio presencial al público prestarán sus servicios a puerta cerrada, y la entrega se realizará por domicilio,su horario de funcionamiento será de 8:00 am hasta las 6:00 pm”

  • Las actividades profesionales, técnicas y de servicios en general se permite la realización de las mismas en el horario comprendido de 6:00am a 3:00 pmde lunes a sábado

Desde este miércoles 12 de agosto iniciará la medida de toque de queda desde las 00:00 horas hasta las 05:00 am del lunes 24 de agosto y se tendrán las excepciones contempladas en el decreto presidencial 749 del 28 de mayo de 2020.

EXCEPCIONES AL DECRETO:

  1. Asistencia y prestación de servicios de salud.Así mismo, el personal en formación en las diferentes áreas de la salud que sean necesarias para adelantar actividades de salud pública y de salud en general asociada al Coronavirus COVID-19

  2. Adquisición y pago de bienes y servicios.

  3. Asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.

  4. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.

  5. Las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de todos los organismos internacionales humanitarios y de salud, la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.

  6. La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales, equipos y dispositivos de tecnologías en salud, al igual que el mantenimiento y soporte para garantizar la continua prestación de los servicios de salud. El funcionamiento de establecimientos y locales comerciales para la comercialización de los medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, equipos y dispositivos de tecnologías en salud.

  7. Las actividades relacionadas con los servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias.

  8. Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.

  9. La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de: insumos para producir bienes de primera necesidad; bienes de primera necesidad -alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza, y mercancías de ordinario consumo en la población-; reactivos de laboratorio; alimentos, medicinas y demás productos para mascotas, así como los elementos y bienes necesarios para atender la emergencia sanitaria, y la cadena de insumos relacionados con la producción de estos bienes.

  10. La cadena de siembra, fumigación, cosecha, producción, empaque, embalaje, importación, exportación, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de: semillas, insumos y productos agrícolas, pesqueros, acuícolas, pecuarios y agroquímicos -fertilizantes, plaguicidas, fungicidas, herbicidas-, y alimentos para animales, mantenimiento de la sanidad animal, el funcionamiento de centros de procesamiento primario y secundario de alimentos, la operación de la infraestructura de comercialización, riego mayor y menor para el abastecimiento de agua poblacional y agrícola, y la asistencia técnica. Se garantizará la logística y el transporte de las anteriores actividades. Así mismo, las actividades de mantenimiento de embarcaciones y maquinaria agrícola o pesquera.

  11. La comercialización presencial de productos de primera necesidad se hará en abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal en establecimientos y locales comerciales a nivel nacional, y podrán comercializar sus productos mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio.

  12. Las actividades de los servidores públicos, contratistas del Estado, particulares que ejerzan funciones públicas y demás personal necesario para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del covid-19, y garantizar el funcionamiento de los servicios del Estado.

  13. Las actividades del personal de las misiones diplomáticas y consulares debidamente acreditadas ante el Estado colombiano, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del covid-19.

  14. Las actividades de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado, así como de la industria militar y de defensa, y los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

  15. Las actividades de los puertos de servicio público y privado, exclusivamente para transporte de carga.

  16. Las actividades de dragado marítimo y fluvial.

  17. La ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como la cadena de suministros de materiales e insumos relacionados con la ejecución de las mismas.

  18. 18-Las actividades del sector de la construcción, ejecución de obras civiles y la remodelación en inmuebles, así como el suministro de materiales e insumos exclusivamente destinados a la ejecución de las mismas.

  19. La operación aérea y aeroportuaria de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del decreto, y su respectivo mantenimiento.

  20. La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y por entrega para llevar.

  21. Las actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del covid-19.

  22. El funcionamiento de la infraestructura crítica -computadores, sistemas computacionales, redes de comunicaciones, datos e información- cuya destrucción o interferencia puede debilitar o impactar en la seguridad de la economía, salud pública o la combinación de ellas.

  23. El funcionamiento y operación de los centros de llamadas, los centros de contactos, los centros de soporte técnico y los centros de procesamiento de datos que presten servicios en el territorio nacional y de las plataformas de comercio electrónico.

  24. El funcionamiento de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios y penitenciarios.

  25. El servicio de limpieza y aseo, incluido el doméstico y servicio de lavandería.

  26. Las actividades necesarias para garantizar la operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de la prestación de: servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, aseo (recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final, reciclaje, incluyendo los residuos biológicos o sanitarios) y recuperación de materiales; de la cadena logística de insumos, suministros para la producción, el abastecimiento, importación, exportación y suministro de hidrocarburos, combustibles líquidos, biocombustibles, gas natural, Gas Licuado de Petróleo (GLP); de la cadena logística de insumos, suministros para la producción, el abastecimiento, importación, exportación y suministro de minerales, y el servicio de internet y telefonía.

  27. La prestación de servicios: bancarios; financieros; de operadores postales de pago; profesionales de compra y venta de divisas; operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes;  chance y lotería; centrales de riesgo; transporte de valores; actividades notariales y de registro de instrumentos públicos, y expedición licencias urbanísticas

  28. El funcionamiento de los servicios postales, de mensajería, radio, televisión, prensa y distribución de los medios de comunicación.

  29. El abastecimiento y distribución de bienes de primera necesidad -alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza, y mercancías de ordinario consumo en la población- en virtud de programas sociales del Estado y de personas privadas.

  30. Las actividades del sector interreligioso relacionadas con los programas institucionales de emergencia, ayuda humanitaria, espiritual y psicológica.

  31. La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, reparación, mantenimiento, transporte y distribución de las industrias manufactureras.

  32. Comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias.

  33. Las actividades de los operadores de pagos de salarios, honorarios, pensiones, prestaciones económicas públicos y privados; beneficios económicos periódicos sociales (BEPS), y los correspondientes a los sistemas y subsistemas de Seguridad Social y Protección Social.

  34. El desplazamiento estrictamente necesario del personal directivo y docente de las instituciones educativas públicas y privadas, para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus covid-19.

  35. De acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales, y en todo caso con sujeción a los protocolos de bioseguridad que para los efectos se establezcan, se permitirá:  El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de dos horas diarias. de la siguiente manera actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños mayores de 6 años, tres veces a la semana, una hora al día., de los niños entre 2 y 5 años, tres veces a la semana, media hora al día y de los adultos mayores de 70 años, tres veces a la semana, media hora al día.

  36. La realización de avalúos de bienes y realización de estudios de títulos que tengan por objeto la constitución de garantías, ante entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

  37. El funcionamiento de las comisarías de familia e inspecciones de policía, así como los usuarios de estas.

  38. La fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas.

  39. Parqueaderos públicos para vehículos.

  40. Museos y bibliotecas.

  41. Laboratorios prácticos y de investigación de las instituciones de educación superior y educación para el trabajo y el desarrollo humano.

  42. Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general.

  43. Servicios de peluquería.

 

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Actualidad

Tráfico pesado sin paso por el sector de Obras Públicas

Estos obstáculos no solo afectan su productividad y eficiencia, sino que también generan pérdidas económicas significativas.

El tráfico pesado es un problema recurrente en muchas ciudades, y Barrancabermeja no es la excepción. Los transportadores de carga pesada en esta ciudad enfrentan constantes desafíos debido a la congestión vial y los bloqueos en las vías. Estos obstáculos no solo afectan su productividad y eficiencia, sino que también generan pérdidas económicas significativas.

Recientemente, los transportadores de carga pesada en Barrancabermeja se vieron afectados por un bloqueo en el sector de obras públicas. Desde las 10 de la mañana de un miércoles, se vieron obligados a parquear a un costado de la calle 71 en el barrio La Floresta. Este bloqueo se produjo como consecuencia de un accidente trágico en el que falleció una menor de 9 años.

Los transportadores lamentan este tipo de situaciones, ya que representan un día de trabajo perdido. Además, se sienten injustamente señalados como culpables de los bloqueos y las dificultades en la vía. Aunque reconocen la gravedad del accidente, consideran que no deberían ser responsabilizados por las acciones de otros.

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Los transportadores de carga pesada en Barrancabermeja hacen un llamado a las autoridades competentes para que tomen medidas y encuentren soluciones a los problemas de tráfico pesado en la ciudad. Solicitan que se realicen los tramos de la vía necesarios para garantizar una circulación fluida y segura.

Es importante tener en cuenta que los transportadores no son los únicos afectados por estos bloqueos y dificultades en la vía. La comunidad en general también sufre las consecuencias de la congestión y los retrasos en el transporte. Por ello, es fundamental que las autoridades escuchen las preocupaciones de todos los involucrados y trabajen en conjunto para encontrar soluciones.

Además, los transportadores hacen hincapié en la importancia de la comunicación y el diálogo entre la comunidad y las autoridades. Sugieren que la comunidad se dirija a las instancias correspondientes, como la alcaldía y la gobernación, para expresar sus inquietudes y buscar respuestas. También señalan la necesidad de que las autoridades expliquen claramente los avances y los obstáculos en la construcción de las vías, para que todos los afectados puedan comprender la situación y buscar alternativas.

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Mientras se generan alternativas para despejar el tráfico en el sector de Barrancabermeja afectado por el bloqueo en obras públicas, los transportadores de carga pesada no tienen más opción que esperar. Parqueados a un costado de la calle 71, se enfrentan a la incertidumbre y las consecuencias económicas de esta situación.

Esperan que las autoridades competentes actúen rápidamente y encuentren una solución pronta. Cada día de bloqueo representa pérdidas para los transportadores y costos adicionales que deben asumir. Aunque comprenden la necesidad de abordar los problemas de seguridad vial, esperan que se considere el impacto que esto tiene en su trabajo y en la economía local.

En conclusión, el tráfico pesado y los bloqueos en las vías representan un desafío significativo para los transportadores de carga pesada en Barrancabermeja. Es fundamental que las autoridades competentes tomen medidas y busquen soluciones para garantizar una circulación fluida y segura. Asimismo, es importante promover el diálogo y la comunicación entre la comunidad, los transportadores y las autoridades, para encontrar soluciones conjuntas y minimizar el impacto de estos problemas en la ciudad.

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Actualidad

Bloqueo de obras públicas y protesta pacífica en Barrancabermeja por el transporte pesado

Ante esta situación, los líderes comunales de la comuna 3 de Barrancabermeja han decidido llevar a cabo una manifestación pacífica

En la mañana de este miércoles, se registró un trágico accidente en el sector conocido como paso nivel en Barrancabermeja. Lamentablemente, una menor de 9 años perdió la vida tras ser arrollada por un vehículo de carga pesada. Ante esta situación, los líderes comunales de la comuna 3 de Barrancabermeja han decidido llevar a cabo una manifestación pacífica en la intersección de obras públicas, con el objetivo de solicitar la presencia del alcalde distrital y buscar una solución al problema del transporte pesado en la zona.

Los líderes y presidentes de la comuna 3 se encuentran liderando esta protesta pacífica para exigir una solución al problema del transporte pesado que está afectando a toda la población de Barrancabermeja. Durante años, esta problemática ha causado varios accidentes fatales y existen compromisos que no han sido cumplidos. Además, se han reportado casos de corrupción relacionados con los recursos destinados a la construcción de la vía Yuma.

Los líderes comunales exigen la presencia del alcalde para establecer una mesa de negociación y encontrar una solución a esta situación. El bloqueo en este sector es permanente y no se permite el paso de vehículos ni motocicletas. La comunidad ha decidido tomar esta medida drástica debido a la falta de atención por parte de las autoridades competentes.

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Uno de los principales reclamos de la comunidad es la finalización del tramo dos de la vía Yuma. Hace 14 años se inició la construcción de esta importante vía, pero hasta el momento no ha sido posible completarla. Los recursos asignados por el gobierno nacional han sido mal utilizados y no se ha logrado avanzar en esta obra tan necesaria para la movilidad de la ciudad.

Los líderes comunales hacen un llamado al gobierno nacional para que se continúe con la construcción del tramo dos de la vía Yuma. Esto permitiría desviar el tráfico pesado fuera de la ciudad y evitaría que los vehículos de carga transiten por zonas residenciales, poniendo en riesgo la vida de los habitantes.

Es importante destacar que el bloqueo de las obras públicas será permanente hasta que se logre la presencia del alcalde distrital, se establezca una mesa de diálogo y se lleguen a acuerdos para restringir significativamente el tráfico de transporte pesado en las zonas residenciales de la ciudad. La comunidad espera que estas medidas ayuden a prevenir futuros accidentes y evitar más tragedias como la ocurrida en la mañana de este miércoles.

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Actualidad

«Carrera de Gateadores en «El Patio de Emanuel»

Esta competencia, que define quién es el bebé más rápido de la ciudad, es una de las etapas más esperadas por los padres de familia que están disfrutando de sus pequeños.

¡Bienvenidos a «El Patio de Emanuel» en Barrancabermeja! Este sábado 20 de abril, nuevamente se llevará a cabo la emocionante carrera de gateadores. Esta competencia, que define quién es el bebé más rápido de la ciudad, es una de las etapas más esperadas por los padres de familia que están disfrutando de sus pequeños.

La carrera de gateadores nació de la innovadora idea de mi papá. En el departamento e incluso en Colombia, casi no existen eventos similares, por lo que estamos mejorando y expandiendo esta competencia. Es un evento en el cual los bebés compiten por el primer lugar y la oportunidad de ganar un gran premio.

El Patio de Emanuel es una empresa familiar que fue creada por mi mamá en el año 2016. Aunque inicialmente teníamos la idea de realizar actividades al aire libre, tuvimos que adaptarnos y llevarlas a cabo dentro de nuestras instalaciones. Sin embargo, esto no ha impedido que sigamos ofreciendo eventos y actividades para que las familias de Barrancabermeja puedan disfrutar de momentos de calidad y diversión junto a sus pequeños hijos.

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Queremos invitar a todos los padres de gateadores de la ciudad a que se unan a nosotros este sábado y disfruten junto a sus pequeños de este emocionante concurso. Lo mejor de todo es que la participación en la carrera de gateadores es completamente gratuita, así que no tienen excusas para no inscribir a sus bebés.

Para inscribir a tu bebé en la carrera de gateadores, puedes hacerlo de diferentes formas:

  • Visita Rolitas Tienda y realiza la inscripción allí.
  • Contacta con nosotros a través de nuestro WhatsApp: 31 378 8976.
  • Síguenos en nuestras redes sociales en Instagram y Facebook, donde también podrás encontrar información sobre cómo inscribirte.
  • Dirígete al punto de información del Centro Comercial San Silvestre, ubicado en el primer piso.
  • Acércate a nuestro punto físico en El Patio de Emanuel, en el segundo piso del Centro Comercial San Silvestre.

Tienes tiempo hasta el viernes 19 de abril para realizar las inscripciones de manera gratuita. No te pierdas este espectacular y divertido evento que hemos preparado para ti y tu familia.

¡Te esperamos en «El Patio de Emanuel» para vivir una experiencia inolvidable junto a tus pequeños gateadores!

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