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Nacional

Tribunal avala interceptaciones telefónicas en caso de Álvaro Uribe

Las grabaciones entre Uribe y su abogado Diego Cadena serán usadas como prueba en el juicio por fraude procesal y soborno a testigos ⚖️📞

El Tribunal Superior de Bogotá avaló este martes 4 de febrero el uso de las interceptaciones telefónicas entre el expresidente Álvaro Uribe Vélez y su abogado Diego Cadena como prueba en el proceso judicial que enfrenta el exmandatario por fraude procesal y soborno a testigos. La decisión, anunciada por el magistrado Manuel Antonio Merchán, representa un revés para la defensa de Uribe, que intentó excluir estas pruebas argumentando vulneración al secreto profesional entre abogado y cliente.

¿Cómo surgieron las interceptaciones?

Las grabaciones fueron realizadas en 2018 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de una investigación contra el excongresista Nilton Córdoba. El número de Uribe fue interceptado por error, pero una vez identificado, las autoridades decidieron mantener la vigilancia telefónica. Según Óscar Álvarez, analista del CTI, cuando se percató de que el abonado pertenecía al expresidente, informó a sus superiores, pero las escuchas continuaron, lo que generó controversia sobre la legalidad de estas pruebas.

Estas grabaciones fueron clave para que, en agosto de 2020, la Corte Suprema ordenara una medida de aseguramiento contra Uribe, al considerar que existían riesgos de obstrucción a la justicia. Sin embargo, la defensa del exmandatario, liderada por el abogado Jaime Granados Peña, insistió en que las escuchas eran ilegales y vulneraban derechos fundamentales.

Argumentos del Tribunal para validar las pruebas

El magistrado Merchán explicó que las conversaciones no estaban protegidas por el secreto profesional porque Diego Cadena no tenía un nombramiento formal como abogado defensor de Uribe. Según el artículo 29 de la Constitución Política y el canon 129 de la Ley 600 de 2000, el secreto profesional aplica únicamente cuando existe una relación formal de defensa, lo cual no se cumplía en este caso.

La Corte Suprema había autorizado la interceptación del celular de Cadena el 16 de marzo de 2018, debido a sospechas fundadas sobre su participación en actividades ilícitas. Aunque Cadena y Uribe discutían estrategias relacionadas con testigos en sus llamadas, esto no implicaba una relación formal de defensa.

Detalles clave del expediente

El único acto procesal que vincula formalmente a Cadena con Uribe fue la presentación de un escrito ante la Corte el 27 de junio de 2018, en el que solicitaba, sin poder formal, la revocatoria de un archivo que beneficiaba al senador Iván Cepeda Castro. Este hecho reforzó el argumento del Tribunal de que Cadena no tenía la calidad de abogado defensor en ese momento.

Con esta decisión, el proceso contra Uribe entra en una fase determinante, ya que la Fiscalía y las víctimas podrán utilizar las grabaciones como prueba de posibles intentos de manipulación de testigos. El juicio podría definirse en los próximos meses, dependiendo de cómo se utilicen estas pruebas en el desarrollo del caso.

“Esta decisión es un paso importante para garantizar que la justicia actúe con transparencia y sin obstáculos”, señaló un representante de las víctimas.

La defensa de Uribe ha anunciado que recurrirá a instancias superiores para impugnar la decisión del Tribunal. Mientras tanto, el caso continúa su curso, y las interceptaciones telefónicas se consolidan como una pieza clave en el proceso judicial contra el expresidente.

 

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