La Corte Constitucional reconoce mensajes de WhatsApp como pruebas en procesos de tutela
El avance tecnológico permite considerar los mensajes de WhatsApp como evidencia en casos de tutela, según la Corte Constitucional
En un reciente pronunciamiento, la Corte Constitucional reafirmó que los mensajes de WhatsApp pueden ser utilizados como medios de prueba en procesos de tutela, teniendo en cuenta el progreso tecnológico. Esta decisión se dio en el contexto de una tutela presentada por una mujer embarazada, quien fue despedida injustamente mientras se encontraba incapacitada y notificó su condición a su empleador, alegando un supuesto recorte de personal.
Durante la discusión del caso, la empresa demandada afirmó que no había tenido comunicación con la demandante durante su período de incapacidad. Sin embargo, la Corte constató que las partes habían mantenido contacto a través de WhatsApp, lo cual fue considerado como prueba válida. La Sala Octava de Revisión enfatizó que los mensajes de WhatsApp presentados como evidencia serán tenidos en cuenta durante el proceso, destacando la importancia de la “sana crítica” en la valoración de pruebas en el ámbito judicial, dado el auge de las aplicaciones de mensajería instantánea.
La magistrada ponente recordó que la jurisprudencia de la Corte ha emitido pronunciamientos anteriores en los que se destaca la relevancia de considerar los mensajes como pruebas en casos de despido injustificado de mujeres embarazadas. Se mencionó el caso de la sentencia T-449 de 2021, en la que se protegieron los derechos fundamentales de una mujer embarazada despedida de un casino, y se presentaron capturas de pantalla de mensajes de WhatsApp como prueba de la relación laboral.
La Corte ordenó a la empresa pagar una indemnización a la mujer y reconocer el pago de los días que dejó de percibir debido a su desvinculación, garantizando así la protección de sus derechos.