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Pago mínimo diario para empleadas domésticas en Colombia
Nuevo valor y reglas obligatorias desde 2026
El pago mínimo diario para las empleadas domésticas en Colombia tuvo un ajuste importante tras la entrada en vigencia de la nueva reforma laboral. Desde 2026, quienes trabajen bajo la modalidad “por días” deben recibir un ingreso que cumpla con los parámetros legales establecidos.
De acuerdo con la normativa vigente, el valor mínimo que debe pagarse por una jornada de hasta ocho horas es de $76.394 diarios. Este monto busca garantizar condiciones laborales más justas dentro de un sector que históricamente ha tenido altos niveles de informalidad.
La medida hace parte de los cambios introducidos por la Ley 2466 de 2025, que establece nuevas obligaciones para los empleadores y refuerza los derechos de las trabajadoras del hogar en el país.
El cálculo del pago diario no es arbitrario. Este valor se compone de tres elementos clave: el salario base diario, el auxilio de transporte proporcional y el pago correspondiente al descanso dominical remunerado.
Para 2026, el salario mínimo mensual en Colombia fue fijado en $1.750.905, mientras que el auxilio de transporte quedó en $249.095. Estas cifras sirven como base para determinar el ingreso diario.
Al dividir el salario mínimo entre 30 días, se obtiene un valor diario de $58.364. A esto se suma el auxilio de transporte proporcional, que equivale a $8.303 diarios.
Adicionalmente, se incluye una fracción correspondiente al descanso dominical remunerado, que asciende a $9.727. La suma de estos tres componentes da como resultado el pago mínimo total de $76.394 por día.
El incumplimiento de este valor constituye una infracción laboral y puede generar sanciones para el empleador, según lo establecido por el Ministerio del Trabajo.
Otro cambio relevante es la eliminación de los acuerdos verbales. A partir de ahora, cualquier relación laboral en el servicio doméstico debe formalizarse mediante un contrato escrito, incluso si el trabajo se realiza solo algunos días a la semana.
Este contrato debe detallar aspectos como el salario, los días de trabajo, el horario y la forma de pago, con el fin de evitar malentendidos y proteger a ambas partes.
La reforma también obliga a los empleadores a realizar la afiliación al sistema de seguridad social, de manera proporcional al tiempo trabajado. Esto incluye salud, pensión, riesgos laborales (ARL) y caja de compensación familiar.
Además, la afiliación a la ARL debe estar activa desde el primer día de trabajo, garantizando cobertura en caso de accidentes laborales durante la jornada.
En cuanto a la jornada laboral, se mantiene el límite de ocho horas diarias. Si este tiempo se excede, el empleador debe pagar las correspondientes horas extras, conforme a la ley.
Finalmente, se establece que la jornada nocturna inicia desde las 7:00 p.m., lo que implica el pago de recargos adicionales si la trabajadora presta sus servicios después de ese horario.
