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Reglamentación clave para motocicletas eléctricas en Barrancabermeja
Reglamentación clave para motocicletas eléctricas en Barrancabermeja

La movilidad urbana se encuentra en constante evolución, y las motocicletas eléctricas se han posicionado como una alternativa cada vez más popular y sostenible en las ciudades. Sin embargo, es fundamental que los usuarios y propietarios de estos vehículos estén al tanto de la reglamentación específica que rige su circulación, especialmente en ciudades como Barrancabermeja.
En Colombia, la Resolución 160 del Ministerio de Transporte establece directrices claras al respecto. Esta normativa indica que una moto eléctrica debe cumplir con los mismos requisitos que cualquier otra motocicleta de combustión interna para poder circular legalmente en las vías del país.
Esto significa que, para el caso particular de Barrancabermeja, los propietarios de motocicletas eléctricas tienen la obligación de realizar una serie de trámites esenciales. El primero de ellos es la inscripción y matriculación del vehículo ante la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja.
Una vez matriculada, la motocicleta eléctrica debe solicitar sus placas de identificación, un requisito indispensable para su circulación. Además, el propietario del vehículo debe contar con la licencia de conducción correspondiente, que lo habilite para operar este tipo de automotores.
Otro aspecto crucial es la adquisición del SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito), un seguro que cubre los daños corporales causados a personas en accidentes de tránsito. Este requisito es ineludible para cualquier vehículo motorizado que transite por las vías públicas.
Asimismo, las motocicletas eléctricas están sujetas a la revisión técnico-mecánica. Este proceso garantiza que el vehículo cumple con las condiciones mínimas de seguridad y que no excede los límites de emisiones establecidos por la normativa ambiental.
Es importante destacar que existen algunas excepciones a la obligación de matriculación. Las motocicletas eléctricas que fueron importadas o comercializadas antes del 2 de febrero de 2017 no están obligadas a matricularse ante la autoridad de tránsito.
De igual forma, aquellas motocicletas eléctricas comercializadas entre el 23 de agosto de 2018 y el 23 de abril de 2020 también están exentas de este requisito. Estas fechas marcan periodos específicos en los que la normativa aplicable era diferente.
La Alcaldía Distrital de Barrancabermeja, bajo el mandato del alcalde Jonathan Vázquez, y la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja, han impulsado campañas para concientizar a la ciudadanía sobre la importancia de moverse de forma eficiente y, al mismo tiempo, responsable, cumpliendo con el marco legal vigente.
