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Continúan solicitudes de la encuesta de hogares para el Sisbén IV en la ciudad

La realización de dichas encuestas es un requisito ineludible para el registro e inclusión al Sisbén IV. 

La coordinadora de la Oficina del Sisbén en el Puerto Petrolero, Yesenia Narváez Gómez, entregó un parte de tranquilidad a quienes hasta la fecha han adelantado el trámite para que sus hogares sean encuestados.

“lo primero que deben saber las personas que tenían beneficios con el Sisbén anterior, es decir el Sisbén 3, continúan con ellos. Nadie los pierde, siguen disfrutándolos hasta el 31 de diciembre de 2021, cuando vence el plazo que otorgó el Gobierno Nacional, porque a partir del 1 de enero de 2022, se exigirá el nuevo Sisbén, con la nueva clasificación”, explicó la funcionaria.

La funcionaria afirmó que los ciudadanos que deseen estar inscritos en la base de datos del sistema, incluida la población migrante venezolana, podrá solicitar la encuesta de hogares de forma virtual a través del correo [email protected] o dirigirse a la oficina del Sisbén, ubicada en la Cra 7 N° 49-15 en el sector comercial de la ciudad.

“Vamos a ir a todos los lugares. No nos va a quedar ningún sitio por visitar, de donde hayan hecho solicitudes en Barrancabermeja. La buena nueva es que el  DNP publica la información 10 días después de hecha la encuesta”, puntualizó.

Encuestas a hogares Sisbén IV / Sisbén

Los requisitos para solicitar la encuesta de hogares y hacer parte del Sisbén IV son los siguientes:

  • Nombre completo del titular y el número de teléfono para contactarlo.
  • Fotocopia legible de los documentos de identidad de cada uno de los miembros del hogar: registro civil de cero a 7 años, tarjeta de identidad a partir de los 7 años cumplidos y hasta los 18, y cédula de ciudadanía desde los 18 años cumplidos en adelante.
  • Dirección completa del lugar de residencia, barrio, comuna y/o corregimiento. Si no tienen nomenclatura, indicar las coordenadas y/o señalización que permita ubicar la vivienda.
  • Los migrantes venezolanos deben tener vigentes los siguientes documentos: permiso especial de permanencia, salvo conducto de refugiados y la cédula de extranjería y/o la nacional.

 

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