¡OJO! Estas son las nuevas normas de uso del casco en motociclistas
Evite las multas que estan establecidas en 15 salarios mínimos diarios $454.263
A partir del próximo sábado, 23 de enero, entrará en vigencia la resolución número 20203040023385 del 20 de noviembre de 2020 del Ministerio de Transporte, la cual establece las condiciones mínimas de uso del casco para quienes transiten en vehículos como motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos
Por ende, aclaramos que los nuevos comportamientos multados con 15 SMDLV son:
- La cabeza del conductor y acompañante tienen que estar totalmente inmersas en el casco y el sistema de retención debe estar asegurado por debajo de la mandíbula inferior, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.
- No se podrán llevar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco, excepto si estos son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres.
- Finalmente, en el caso de cascos con cubierta facial inferior movible, esta siempre deberá estar fija en la parte inferior del rostro y asegurada durante el tránsito, de tal manera que ofrezca protección a la cara del motociclista (conductor o acompañante).
No sobra decir que el casco del conductor y acompañante deben estar marcados con la placa de la moto, como establece el artículo 96 del CNT.
Para quienes incumplan estas medidas, establecieron multas de 15 salarios mínimos diarios.
